Para mantener su condición de miembro hábil:
- Estar al día en la Cuota de Membresía Anual del CCAP, equivalente a CINCUENTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES (USD 50)
- No haber incurrido en motivo que originen su exclusión (Art. 23 del Estatuto):
- Fallecimiento
- Incapacidad física o mental
- Renuncia expresa del titular
- Por haber sido sancionado por el Gamité de Ética y Deontología del Colegio Médico correspondiente.
- Cuando no concurra a ninguna de las sesiones efectuadas en un año de vida institucional.
- Cuando adeuda por lo menos dos cuotas anuales.
- Por falta grave contra la moral y ética profesional comprobada.
- Por atentar contra el prestigio y estabilidad del CCAP.